Los PUE (precios unitarios extraordinarios) solo pueden ser autorizados para su pago por el funcionario publico que tenga la facultad de hacerlo, generalmente el mismo que firma el contrato.
Los PUE (precios unitarios extraordinarios) solo pueden ser autorizados para su pago por el funcionario publico que tenga la facultad de hacerlo, generalmente el mismo que firma el contrato.
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